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| Y
éste se verá influenciado de manera directa
por la situación económica. De esta manera,
una decisión que hace tres años fue alabada
por todos, ahora se censura y se tacha de excesivamente arriesgada
con perjuicios patrimoniales a terceros. |
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En
la actualidad, destaca el riesgo derivado de las situaciones
de concurso de acreedores. Es decir, situaciones en las
que la empresa se ve obligada a suspender la actividad y
los consejeros y directivos tienen que enfrentarse a una
situación de concurso.
Puede haber reclamaciones porque no se inste la situación
de concurso conforme a ley concursal. Pero, incluso
si se hace, también pueden enfrentarse a reclamaciones
por la gestión realizada que ha llevado a la situación
de concurso. Y a ello pueden ir aparejados expedientes
de regulación de empleo, despidos, etc.
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Este
tipo de riesgos tienen una dimensión que impide ser
asumidos por el propio directivo y de ahí el auge experimentado
por el SEGURO DE D&O (administradores y directivos)
que ahora más que nunca resulta imprescindible para
proteger el patrimonio personal de estos profesionales.
El objeto de cobertura, es la persona física, no
la jurídica. Por personas físicas entenderemos
los miembros del consejo de administración de la Compañía,
así como a todos los directivos, ya sean de hecho
o de derecho, y sean presentes, pasados o futuros.
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Una
de las coberturas de la póliza es la que protege
las prácticas laborales, que asegura ante todo perjuicio
emocional causado por un despido improcedente, por mobbing,
etc. Nos podemos encontrar con una situación que
ya no sólo atañe a D&O y es que a veces,
cuando la empresa va mal, hay quienes pueden estar muy
tentados de realizar un acto doloso para cubrirse las espaldas
antes de las cosas vayan a más.
Las pólizas adelantan gastos de defensa en
estos casos al menos en tanto en cuanto una decisión
judicial firme no confirme esta actuación dolosa
o fraudulenta.
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| A
resaltar también, que en caso de que se produzca una
reclamación, ya sea fundada o infundada, el
demandado deberá asumir unos gastos de defensa, que
en caso de tener contratada una póliza de D&O,
estarían cubiertos.
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