El BOE del sábado y de este lunes no ha alcanzado a ver la publicación de la modificación del Convenio Colectivo de la Estiba, el IV Acuerdo Marco, relativa a la subrogación, pero habrá sido por atasco en el BOE no por la rapidez y diligencia adoptada por el director general de empleo en dar por legal la nueva Disposición Adicional Septima, DA7, ya que la envió al BOE el viernes 7 de julio.
Como avanzó este medio incluso antes de la reunión del 6 de julio el director general de empleo Xabier Thibault, se había reunido con el abogado de Coordinadora Víctor Díaz y con el director de Anesco, Pedro García, para limar asperezas de la redacción para que fuese posible su rápida aprobación.
Además de aprobar la citada DA7 los sindicatos han pedido a PiPE que se aclare en particular dice el acta que:
"....la representación sindical requiere a las empresas asociadas a la PIPE y a Anesco, la clarificación de su posición a la vista de la evidente contradicción de posiciones y la actuación de la PIPE de presentarse ante la opinión pública y las autoridades como representantes de los "inversores" en los puertos españoles. La representación sindical considera inasumible la ambigüedad de algunas empresas estibadoras, por lo que insiste en requerir una posición definida al respecto. La representación sindical requiere a las empresas que informen de su posición en la próxima sesión. Los representantes de las empresas afectadas se comprometen a trasladar la petición sindical a los órganos competentes de sus respectivas organizaciones empresariales y a informar en la próxima sesión".
Es decir que les dan de plazo hasta el 20 para que aclaren si se van a subrogar los trabajadores.
Los sindicatos aprobaron los acuerdos pero sin embargo, "requieren información sobre las decisiones de las empresas respecto a la permanencia y transformación de las SAGEP o constitución de Centros portuarios de empleo. En consecuencia, acepta la fecha de la próxima reunión propuesta (20) y propone encomendar a los asesores la celebración de las reuniones que estimen convenientes para preparar la redacción de los documentos que puedan ser sometidos a la consideración de cada una de las representaciones para la negociación y, en su caso, adopción de acuerdos el día indicado 20. Asimismo, acepta que se inicien a partir de esta fecha reuniones en los puertos para avanzar en las propuestas que deberán ser presentadas ante la Comisión Negociadora.