REVISTA LOGÍSTICA TRANSPORTE Y ALMACENAJE - 14/08/2014
Competencia, la CNMC quiere que se controle que las subvenciones al transporte de Canarias lleguen a los usuarios.

Emite informe sobre los costes subvencionables.


Efectúa una serie de recomendaciones para mejorar la eficiencia de las ayudas, intentando minimizar las eventuales distorsiones sobre la competencia.

Las ayudas deberían traducirse en rebajas de precios a los usuarios.

La Administración debería efectuar una evaluación periódica de la ayuda para asegurar que ésta cumple sus objetivos.

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) publica un Informe sobre los Proyectos de Órdenes Ministeriales que determinan los costes tipo subvencionables en el transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias. La CNMC efectúa una serie de recomendaciones para mejorar la eficiencia de las ayudas, intentando minimizar las eventuales distorsiones sobre la competencia.

El artículo 138.1 de la Constitución Española insta al Estado a garantizar un equilibrio económico entre las diversas partes del territorio español, atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. A partir de este precepto, se ha regulado un régimen de compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias en el Real Decreto 170/2009 (para bienes agrícolas) y en el Real Decreto 362/2009 (para mercancías industriales). Estas compensaciones constituyen ayudas de Estado, han sido notificadas a la Comisión Europea y han sido declaradas compatibles con el Derecho comunitario, atendiendo al carácter de región ultraperiférica de las Islas Canarias.

En relación con dichos Reales Decretos, anualmente se aprueban Órdenes Ministeriales (una para las mercancías agrícolas y otra para las industriales) con la actualización de los costes tipo aplicables a los costes subvencionables. En estos Proyectos de Órdenes Ministeriales (PPOOMM), que determinan para el año 2013 los costes tipo subvencionables en el transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias, se revisan los costes aplicables para cada tipo de mercado (según el trayecto y el modo de transporte) a partir de un informe que elabora la empresa pública INECO.

La CNMC estima necesario apuntar unas observaciones sobre estos Proyectos de Órdenes Ministeriales con el fin de mejorar la eficiencia y minimizar los eventuales perjuicios sobre la competencia. La mayor parte de estas recomendaciones ya han sido apuntadas en el pasado por la autoridad de competencia española en anteriores informes:

Se debe efectuar una evaluación periódica de la ayuda para asegurar que ésta cumple sus objetivos (compensar por el sobrecoste que supone el transporte aéreo o marítimo de mercancías a/desde Canarias) desde el respeto a los principios de necesidad, proporcionalidad y mínima distorsión en el diseño de dichas ayudas públicas. La Administración que los concede debería contrastar en qué medida los clientes directos de estos operadores se están beneficiando de una reducción los precios repercutidos por la empresa tras la recepción de la subvención. Asimismo, es pertinente evaluar el impacto de las ayudas sobre la competencia, monitorizando la evolución de los precios y de la concentración de empresas en los distintos segmentos del mercado.

Convendría cuantificar los costes subvencionables en función de una referencia eficiente, en lugar de basarse en el coste medio ponderado de los operadores. Con el esquema actual, al tener los operadores derecho al reintegro del 70% del coste subvencionable tipo, existirían incentivos para declarar costes superiores a los reales. Si los costes se determinaran en función de la referencia de una empresa gestionada de manera eficiente, se dotaría de incentivos a los operadores para mejorar continuamente los costes operativos, permitiendo a la vez un ahorro presupuestario.

Los ajustes en los costes tipo tienen que adaptarse a la evolución del mercado. De acuerdo con la propuesta del informe de INECO, cuando las desviaciones del coste respecto del ejercicio anterior no superan el 5% no se procede a revisar el coste tipo (aunque si en años sucesivos se producen desviaciones en el mismo sentido y la variación acumulada supera el 5% se propondría la actualización). Si bien el motivo de esta decisión parece ser la búsqueda de simplicidad, se corre el riesgo de no reflejar los verdaderos costes y de distorsionar la competencia.

Es esencial que la información que se solicita a los operadores sea objetiva, transparente y verificable, para evitar el riesgo ya comentado de que los operadores declaren costes superiores a los reales.

Se podrían utilizar procedimientos competitivos para la obtención del estudio de determinación de costes tipo, en lugar del recurso a una encomienda de gestión a un medio propio como INECO.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Fomento, en ejercicio de las competencias de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

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