DIARIO DE PUERTOS Y NAVIERAS - 09/10/2023
El cuestionable sistema Doncel de cargos accidentales.

Por Chance 85

"¿Debería el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana investigar la “reestructuración organizativa” de la Autoridad Portuaria de Ceuta que Doncel estableció el 27 de octubre de 2021?

En un Estado de Derecho, quienes desempeñan cargos públicos ejercen una serie de derechos inherentes a sus cargos, lo cual no quiere decir que se los haya habilitado para hacer lo que les venga en gana, ya que sus actos están constreñidos por la Ley —o al menos, deberían estarlo—. A su vez, sus subordinados tienen que obedecer sus mandatos, ciñéndose siempre a lo dispuesto en las leyes, pues la actuación de los empleados públicos también está sometida al imperio de la Ley.

Por otra parte, uno de los principios en que se fundamenta la organización administrativa de los Estados de Derecho es el principio de la inamovilidad en los cargos, que protege a los empleados públicos de las arbitrariedades de quienes están por encima de ellos, proporcionándoles un poderoso instrumento para defender la legalidad en caso de que la conculquen.

Sin embargo, el presidente de la Autoridad Portuaria de Ceuta, Juan Manuel Doncel, presuntamente truncó este principio, sustituyéndolo por un curioso artificio al que denominó: los “cargos accidentales”, que utilizaría sin ningún escrúpulo para hacer y deshacer, a su antojo, lo que le viniera en gana.

Este sistema, que parece más propio de una república bananera que de un Estado democrático de Derecho, presuntamente se basa en realizar nombramientos ligados a sustanciosas retribuciones económicas para con ello doblegar voluntades. Su funcionamiento es el siguiente: “te nombro a ti para que ocupes este cargo y ganarás un buen sueldo, pero harás lo que yo te ordene y firmarás lo que yo te mande. Si no lo haces, te pondré de patitas en la calle y nombraré a otro en tu lugar”.

Ni corto ni perezoso, Doncel no tardó en llevar a la práctica este invento y nombró una serie de “cargos accidentales”, omitiendo su obligación de establecer los preceptivos procesos selectivos para cubrir estos puestos, tras lo cual, presuntamente, utilizaría a estas personas para gobernar la Autoridad Portuaria de Ceuta como si se tratara de su cortijo particular, estableciendo la “ley de Doncel”. Para ello, recurrió a una operación cuidadosamente preparada, cuya ejecución recuerda a una suerte de golpe de Estado:

El 20 de octubre de 2021, poco después de que se hubiera jubilado el anterior secretario general de la Autoridad Portuaria, funcionario de la vieja escuela perteneciente al Cuerpo de Abogados del Estado, quien seguramente nunca habría permitido semejante cosa, cesó y despidió, fulminantemente y sin contemplaciones, al director de la Autoridad Portuaria después de que este hubiera señalado la, a su juicio, cuestionable legalidad de una operación urbanística.

Al día siguiente, nombró un “director accidental” de la Autoridad Portuaria mediante un proceso que, presuntamente, podría haber vulnerado la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Como corolario, el 27 de octubre de 2021, dictó la “resolución de la Presidencia sobre reestructuración organizativa del organigrama de la Autoridad Portuaria de Ceuta”, mediante la cual sentó las bases de su particular régimen.

El contenido de esta resolución parece cuestionable debido a que el procedimiento de modificación de la estructura orgánica de una Autoridad Portuaria está regulado en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Este procedimiento debe incluir:

Una propuesta del presidente de la Autoridad Portuaria.

Un informe del director.

La aprobación del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria.

Sin embargo, Doncel omitió el preceptivo informe del director de la Autoridad Portuaria, al que sustituyó por un mero informe del responsable de Recursos Humanos. Además, la competencia de la modificación de la estructura orgánica pertenece al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria y no a su presidente, de forma que Doncel adoptó una medida para la cual carecía de competencia —que además tenía repercusiones económicas—, tras lo cual posteriormente la elevó al Consejo de Administración, presuntamente para proporcionar una apariencia de legalidad a su operación.

Mediante esta resolución, Doncel también nombró sendos “cargos accidentales” para ocupar puestos estratégicos en el organigrama de la Autoridad Portuaria, nombramientos que se realizaron “a dedo”, al prescindirse de los correspondientes procesos selectivos.
Tampoco se tuvo en cuenta que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público no contempla la existencia de “nombramientos accidentales”, nombrándose:

Un jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos y Secretaría General “de forma accidental”, nombramiento del que se benefició el marido de la ex secretaria general del PSOE de Ceuta.

Un jefe de la División de Explotación, “de forma accidental”, nombramiento del que se benefició un ingeniero que carecía de experiencia en materia de operaciones portuarias que, en un primer momento, había sido contratado por la Autoridad Portuaria a través de una oferta del Servicio Público de Empleo Estatal, procedimiento que presuntamente podría vulnerar el principio constitucional de igualdad que debe regir las ofertas de empleo público debido a que las personas empleadas tienen el mismo derecho de participar en los procesos selectivos que las desempleadas. Actualmente, esta persona es uno de los diputados del Partido Popular en la Asamblea de Ceuta, confirmándose que la política es el terreno de las oportunidades.

En estos tiempos en que la corrupción de una parte de la clase política ha socavado las instituciones de nuestro país hasta límites inconcebibles, llegando incluso a poner en entredicho los fundamentos del mismo Estado, los presidentes de algunas Autoridades Portuarias parecen haber olvidado que su actuación debe estar sometida a la Ley, a la que parecen empeñados en sustituir por sus caprichos y arbitrariedades, secundados por sus particulares cortes de trepillas y pelotilleros, a los que recompensan con sueldos y prebendas que se pagan con dinero público.

Los partidos políticos deberían ser los primeros interesados en establecer mecanismos que fiscalizaran la actuación de las personas a las que han designado para desempeñar cargos de responsabilidad, por el bien de nuestra democracia. Esperemos que Alberto Núñez Feijoo tome buena nota de lo que está ocurriendo en la Autoridad Portuaria de Ceuta, que parece haberse convertido en un modelo de lo que no se debe de hacer desde que Juan Manuel Doncel es su presidente
".


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