OPINIONES SOBRE COOPERATIVAS jueves 1 de julio 2010
UN GRUPO DE TRANSPORTISTAS CON MUCHAS DUDAS Y MAS TRAMPAS
Mensaje: Solo una pregunta.
El Derecho comunitario o sea la Unión Europea no tiene nada que decir al respecto.
Decimos esto, porque como casi siempre que en España hacemos algo que a nosotros nos parece licito,resulta que nos olvidamos de que existe un unico organo rector que nos dice como tenemos que operar y ese organo, es la Comisión Europea que a la postre en casos de discrepancias como estos, es la que tiene la ultima palabra y mucho nos extraña, que Fomento no lo tenga en cuenta.
Un grupo de pequeños transportistas con muchas dudas y más trampas.
Gracias si lo publican
Da forma legal a las polémicas cooperativas mixtas llamadas en Valencia - Martes, 29 Junio - 7:00 h.
SORPRESA: NUEVA VUELTA DE TUERCA CON LAS COOPERATIVAS.
Aragón registra en su LEY AUTONÓMICA una nueva clase: las "DE TRABAJO ASOCIADO DE TRANSPORTE"
* Por si era poco lo que estaba cayendo con el 'Lío' de las cooperativas, como hemos dado en denominar en nuestros medios, y la polémica desatada en cuanto al reconocimiento por parte de la Administración central de un determinado tipo de cooperativas a medio camino entre las de trabajo asociado y las de transporte, ahora la Ley de Aragón recoge formalmente un nuevo tipo de cooperativas que las denomina como "de Trabajo Asociado de Transporte"
Es decir, le pone nombre a lo que se está debatiendo en estos momentos en el seno del Ministerio de Fomento y que trae de cabeza a los responsables tanto de este ministerio como el Economía y Hacienda, que han visto cómo se ha permitido siempre el funcionamiento de cooperativas en determinadas Comunidades como Valencia, Castilla La Mancha, Aragón o Murcia, que estaban reconocidas como de trabajo asociado a efectos de la Ley nacional de Transporte, pero que su tributación de cara a Hacienda no era ni mucho menos como tales, sino como cooperativas de transporte, esto es, en módulos en lugar de por rendimientos de trabajo.
Pues bien, ha entrado en vigor desde este fin de semana en la Comunidad de Aragón una modificación de Ley de Cooperativas por la que se introducen importantes modificaciones en lo que respecta a las Cooperativas de Trabajo Asociado. Más leña.
Cooperativas de Trabajo Asociado de Transporte
Señala la Ley que se crea una nueva clase de cooperativas que son las "De trabajo asociado de transporte", para atender las necesidades concretas de este sector específico, que permite otorgar un cierto grado de autonomía económica a los distintos socios que la integran, que en muchos casos aportan al capital y a la actividad de la sociedad su vehículo de transporte.
Ni más ni menos que lo que ocurre con las cooperativas valencianas que buscan una solución en estos días en Fomento. Nos preguntamos que ocurrirá y cómo reaccionará Fomento cuando en Aragón se le de la categoría de Ley a un tipo de cooperativas no consideradas por el Gobierno.
Sin duda, el problema adquiere nuevas dimensiones.
Recogemos el Artículo 75 completo donde se retrata este nuevo tipo de cooperativas, así como el artículo 79 donde se habla de las Cooperativas de Transporte:
Artículo 75.-Cooperativas de Trabajo Asociado de Transporte.
1. Serán aquellas Cooperativas de Trabajo Asociado cuyo objeto social consista en organizar y prestar servicios de transporte.
2. Los Estatutos sociales podrán establecer que todas o parte de las aportaciones, tanto obligatorias como voluntarias, estén formadas por uno o más vehículos, de las características que fije la cooperativa. Su tratamiento será el establecido por esta ley para las aportaciones no dinerarias.
3. En caso de baja del socio, el reembolso de las aportaciones en vehículos se hará mediante la devolución del vehículo y del fondo de amortización a él aplicado.
4. Los Estatutos podrán establecer que los ingresos, así como los gastos específicos a los que se refiere el artículo 57, se imputen internamente a cada vehículo que los haya producido, constituyendo cada uno de éstos una unidad de gestión. Frente a terceros deberá garantizarse la actuación unitaria de la cooperativa, siendo ésta última a todos los efectos la responsable com
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