|
> Volver
a "Publicado en el Boletín
Oficial del Estado"
PUBLICADO
EN EL BOE (ADJUDICACIONES, APROBACIONES,
LICITACIONES)
Transporte
por Carretera
PROCEDIMIENTO
DEVOLUCIÓN CÉNTIMO
SANITARIO
- Orden que establece el procedimiento
de devolución del céntimo
sanitario
El BOE del 27 de diciembre publica
la Orden del Ministerio de Economía
y Haicienda que establece el procedimiento
para la devolución parcial
del céntimo sanitario por
consumo de gasóleo profesional.
Los transportistas que pretendan
acogerse a esta devolución
tendrán que inscribirse
en un censo en el que también
deberán constar los vehículos.
La devolución será
trimestral y para ello los transportistas
que tendrán que cumplimentar
los documentos oficiales necesarios
y cumplir con los requisitos que
marca esta Orden Ministerial antes
del 31 de marzo próximo.
Tras la aprobación de esta
norma, ahora será cada
comunidad autónoma que
recaude el céntimo sanitario
la que decida si devuelve las
cantidades a los transportistas.
Esta Orden Ministerial entra en
vigor mañana.
DÉJENOS
SU OPINIÓN O COMENTARIOS
SOBRE ESTA NOTICIA
Acceso
a Foros
LyT
(Los
comentarios recibidos aparecerán
en nuestra sección de Foros)
|