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Oficial del Estado"
PUBLICADO
EN EL BOE (ADJUDICACIONES, APROBACIONES,
LICITACIONES)
Transporte
por Carretera
PUBLICADO
EL CONVENIO DE GRUPO ESK EN HUELVA
El BOE de hoy, 6 de marzo, se
publica el cuarto convenio colectivo
de la delegación de ESK,
empresa de transporte presidida
por Francisco Corell, que será
aplicable en Huelva y sus zonas
de influencia. Concretamente el
convenio se plicará a la
prestación de servicios
de transporte y suministro de
gases licuados del petróleo
y otros productos en las comunidadaes
autónomas de Andalucía,
Extremadura, Castilla-La Mancha,
la provinciaa de Castellón
y su zona de influencia. Básicamente,
los salarios base quedarán
del siguiente modo:
Grupo I: 874.97 euros/mes.
Grupo II: 696.50, euros/mes..
Grupo III: 608.67, euros/mes.
Grupo IV: 820.00, euros/mes.
Grupo V: 745.00, euros/mes.
Estos importes corresponden a
la anualidad comprendida entre
el 1-7-05 al 30-6-06. Para la
anualidad comprendida entre el
1-7-06 al 30-6-07 será
Grupo IV: 850.00.¬ y 770 ¬.
Para la anualidad comprendida
entre el 1-7-07 al 30-6-08 será
Grupo IV: 880.¬/mes y 800.
Para el resto de grupos profesionales,
se revalorizara dé acuerdo
con los incrementos pactados en
el presente Convenio. Los trabajadores
con cualquier modelo de contrato,
que sea a tiempo parcial o discontinuo,
percibirán el salario,
prorrateado según el tiempo
trabajado.
Igualmente, se establecen pluses
de peligrosidad y dietas, del
siguiente modo:
Para
la anualidad de 1-7-05 al 30-6-06:
a) Conductores-mecánicos
(largo recorrido): 102 euros/mes
b) Conductores distribución:
53,00 euros/mes.
Para la anualidad de 1-7-06 al
30-6-07:
a) Conductores-mecánicos
(Largo recorrido): 105,00 euros/mes.
b) Conductores de distribución:
55,00 euros/mes.
Para la anualidad de 1-7-07 a.
30-6-08:
a) Conductores-mecánicos
(largo recorrido): 109,00 euros/mes.
b) Conductores de distribución:
57,00 euros/mes.
Artículo 29. Incentivos.
Los incentivos al personal conductor,
se abonarán en función
del trabajo
realizado, referidos a viajes
de ida y vuelta, estableciéndose
los
siguientes:
a) Conductores-mecánicos
(largo recorrido):
Huelva-Sevilla: 16.18 euros/viaje.
Recorridos cortos: 16.18 euros/viaje.
Otros viajes no clasificados:
9,11 euros x 100 kilómetros
que el
vehículo lleve carga.
b) Conductores distribución:
La empresa satisfará mensualmente
una cantidad igual a 6,59 euros
x TM de carga distribuida. Esta
cuantía se integrará,
en cada centro de trabajo de los
enumerados en el artículo
2 del presente Convenio, y será
distribuida por partes iguales
entre todos aquellos conductores
que realicen este transporte,
en sus respectivos centros de
carga, y en proporciona los días
trabajados en el mes. Los servicios
de vaciados, se abonaran a razón
de 30 ¬, por cada servicio,
este precio tendrá la misma
duración que todo el convenio
es decir hasta el 30-6-08.
Guardia distribución.-Cuando
por turno rotativo, un conductor
de distribución se encuentre
de guardia en domingo o festivo,
y siempre que efectúe un
suministro de Gas, percibirá
por estos servicios de guardia
y distribución la cantidad
que se fija a continuación
por dichos servicios única
y exclusivamente, la cantidad
que suministren pasara a la bolsa.
Sábados: 79 euros.
Domingo y festivos: 95,057 euros.
Artículo 30. Locomoción
y dietas.
En los casos en que los trabajadores
salgan de sus residencias por
causas de trabajo o servicio,
tendrán derecho al devengo
de locomoción y dietas
por desplazamientos. La cuantía
de las mismas, será la
siguiente:
1) Dieta Huelva-Sevilla: 33.14
euros día trabajado.
2) Media dieta Huelva-Sevilla:
16.57 euros día trabajado
3) Dieta Nacional: 39.02 euros
día trabajado.
4) Dieta Portugal: 46.43 euros
día trabajado
5) Festivo trabajado: 58.32 euros
/día trabajado.
7) Dieta Internacional: 54.03
euros día trabajado extranjero.
8) Sábado trabajado: 34.01
euros
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