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El 'autónomo dependiente' puede extender la situación fraudulenta y precaria de miles de trabajadores

El Estatuto define a estos trabajadores como 'aquellos autónomos que dependen económicamente de un sólo cliente en, al menos, el 75% de sus ingresos por trabajo'. Para este grupo establece unas condiciones diferentes que para el resto de los autónomos. Así, se les reconoce el derecho a establecer acuerdos de interés profesional, similares a la negociación colectiva. En estos acuerdos, o bien en el contrato con el cliente (que seguirá siendo mercantil), se podrán establecer la jornada máxima, los periodos de descanso o las vacaciones. Además, una disposición adicional del Estatuto deja abierta la puerta al establecimiento de una prestación 'de cese de actividad', similar a la del desempleo para asalariados. En este punto, fuentes empresariales afirman que 'un autónomo reclamando una prestación por desempleo es directamente una aberración', ya que, dicen, el autónomo, por muy dependiente que sea, arriesga su capital y eso es por definición un empresario.

En la Asociación Nacional de Abogados Laboralistas opinan que esta prestación 'desincentivará la continuación de la actividad empresarial, especialmente en las pymes'. Además, los propios empresarios creen que 'el fraude sería imparable'.

Muchas las empresas utilizan la figura del autónomo dependiente para camuflar una relación laboral de asalariado, dado que esto supone una disminución de costes para el empresario, que no paga las cotizaciones sociales y deja al trabajador más desprotegido que si fuera asalariado. Ahora, cuando eso ocurre y el trabajador denuncia su situación, el juez de lo social laboralizará a este trabajador obligando al empresario a que lo convierta en asalariado. 'Pero si el Estatuto regula esta nueva figura, será más difícil probar el fraude del empresario, porque legalizan lo que ahora es ilegal', advierten desde CC OO. La existencia de más de medio millón de este tipo de trabajadores puede saturar los juzgados de lo social con sus pleitos.


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