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En
la vuelta a casa del conductor del internacional no hay
diferencias entre asalariados y no-asalariados.
Astic y Atfrie realizan gestiones tanto a nivel nacional
con la Dirección General de Transportes, la Subdirección
General de Inspección, y los sindicatos españoles
como con la Dirección General de la Comisión
y los sindicatos de conductores europeos ETF, para acordar
una solicitud de empresarios y trabajadores y permitir
al chófer, en su libre decisión y derecho,
poder regresar a casa o a origen dentro de la quincena
y computar descansos semanales y bisemanales en casa,
sin tener que parar el 7 periodo aun encontrándose
a unas horas de casa o a un día o dos.
Hay que tener en cuenta que esta situación estaba
permitida en el reglamento anterior 3820/85 modificado
al actual 561/2006 en los conductores de autobuses, y
en la modificación o nuevo reglamento se les ha
quitado esta posibilidad tambien a los conductores de
viajeros sin razones que lo justifiquen. En este momento
se está pactando a nivel europeo con el sindicato
ETF la posibilidad de volver a la situación anterior
para conductores de autobuses y obviamente, no sería
de recibo que no se permitiese tambien esta flexibilidad
para los conductores de transporte de mercancías.
Los argumentos son varios y todos de peso:
1. Se reconoce por la propia Comisión y todos los
Estados miembros que no hay suficientes aparcamientos
ni áreas de descanso en todas las carreteras y
autopistas europeas.
2. Se reconoce por todo tipo de institución y estamentos
que los existentes no presentan ninguna medida de seguridad
y en los mismos los robos y agresiones son constantes:
más de 9.000 conductores profesionales agredidos
en el último año, más de 8.200 millones
de euros de robos de mercancías (atención,
las compañías de seguro no aceptan los pagos
de robos ni indemnizaciones si el vehículo no ha
estacionado o parado en aparcamientos vigilados).
Un reglamento inflexible, como el 561/2006 recientemente
aprobado, genera inseguridad, angustia y preocupación,
por no decir "mobbing", (estrés), y/o
burn out ("quemado"), al conductor por su integridad
física y su vehículo y mercancía.
3. Ante un panorama tan peligroso e inseguro, se atenta
a todos los principios de la Ley de Prevención
de Riesgos y Salud Laboral, a artículos y derechos
que consagra la Constitución Española, y
a fundamentos y obligaciones del Estatuto de los Trabajadores
obligando por un reglamento injusto, estresante e inflexible
a un conductor a parar en sitios que no existen o están
inseguros y correr riesgos evidentes para su salud y seguridad.
Los poderes públicos sancionando gravemente al
conductor, que tiene todo el derecho del mundo a descansar
con total seguridad por unas horas o un período
utilizado para volver a casa o encontrar un sitio de garantía,
están atentando a los principios antes expuestos.
4. En este momento, existe un gran debate sobre la penosidad
de ciertas profesiones en relación con otras y
es indiscutible que un conductor que se dedica durante
muchos años de su vida al transporte pesado y fundamentalmente
los conductores de largas distancias, sufren un desarraigo
familiar que debería concienciar a todo tipo de
estamentos e instituciones a tener en cuenta a la hora
de mejorar, por normas y especialmente directivas y reglamentos,
el legítimo y humano deseo y necesidad de disfrutar
en sus ambientes y familias los descansos que les corresponden
y evitar los nefastos efectos de ese desarraigo. Es casi
una cuestión moral.
Por todo ello, y porque además, está de
plena actualidad, introducir todo tipo de medidas y normas
para conseguir la conciliación de la vida laboral
y familiar, se ha solicitado desde Astic y Atfrie, que
sea adaptado este artículo del séptimo período
para los conductores de largo recorrido (aquellos que
pasan más de una noche a la semana fuera de su
casa), a una realidad más acorde al derecho del
conductor a su salud, seguridad y disfrute de la vuelta
a casa, computando los tiempos de descanso en su domicilio
y no en peligro por carreteras o confinado en un área
insegura.
Se solicita además que sea el propio conductor
el que decida si se para en ruta el séptimo período
porque las condiciones fuera del punto de origen son las
adecuadas, o bien al final de su viaje en su punto de
origen, siempre y cuando no se aumente con ello el tiempo
de conducción diario ni quincenal ni se reduzcan
los descansos ni diarios ni quincenales.
Esto mismo está así pactado en la pesca
de altura con unos conceptos de lejanía o alejamiento
y en conductores de trenes o de aviones. ¿Por qué
no para los conductores de largas distancias en el transporte?
De no hacer nada, de seguir manteniendo esta inflexibilidad
para conductores de larga distancia, estaremos crispando
a unos profesionales y siendo, en cierto modo, culpables
y responsables pasivos de tanta agresión y robos
que sufren según las estadísticas cada día
más alarmantes y del mobbing que se
les genera.
Podríamos esperar algún tipo de reacción
de estos profesionales por un reglamento con efectos tan
injustos e inhumanos, reitero para los grandes desplazados
en Europa que no pueden regresar en 6 períodos
a casa.
Efectos perversos colaterales hay mil:
Imaginemos cuando se sucede una prohibición de
circulación, un descanso mínimo del 71Ú4
período con un festivo y ese conductor está
a 1 jornada de su domicilio y no hay forma de relevarlo
por otro al que se confina en ese sitio; o bien es un
transportista individual que no desea dejar su vehículo
o no es relevable. Puede quedarse paralizado más
de 3 dias a 1 día o 2 de casa.
En cuanto a la posibilidad de descansar realmente y disfrutar
de ese derecho, en lugar de computarlo en casa y en el
ambiente agradable, lo hace desarraigados en un mínimo
de 24h, cuando sea más, cada semana o bi-semana.
¿No es mucho mejor hacerlo todo computado en casa
y la empresa poder utilizar ese vehículo con otro
conductor mientras que el que ha terminado su viaje descansa
agradablemente y en seguridad con los suyos?...
Debo decir que es un tema sangrante para los conductores
de internacional españoles, asalariados y autónomos,
y para conseguir esta justísima reivindicación
debemos hacerlo de la mano de sindicatos europeos de conductores.
En Bruselas, en la Comisión de lo Social, algunos
países ya han pedido que se "abra el melón"
de esta demanda de la vuelta a casa sin tener que "confinar"
a un conductor de largo recorrido en un área de
descanso que no existe o que no es segura.
Parece que al hilo de la justísima solicitud de
los conductores de autobuses de volver a casa en la quincena,
tambien, nuestra demanda es compartida por un buen número
de países de la IRU y de la UE obviamente y precisamos
dar todo tipo de argumentos y seguir nuestra presión.
Es tan evidente y justa nuestra reivindicación
que no podemos levantar el pie de nuestras gestiones y
trabajos a nivel europeo y tambien en España.
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